El hambre y la necesidad de pan obligan al hombre a emplearse en trabajos que no solo lo fatigan, sino que, a cambio de un raquítico salario, el patrón lo explota y expone a riesgos laborales que pueden terminar en accidentes o, incluso, en la muerte.
Según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), “en la mayoría de los casos, los accidentes de trabajo suceden debido a las condiciones peligrosas de equipo, maquinaria, herramientas de trabajo e instalaciones, así como por la actitud o actos inseguros de trabajadores al realizar sus actividades.” Estas condiciones podrían ser mejoradas por los patrones, pues, aunque están obligados por la ley a capacitar a los trabajadores, no lo hacen.
Cuando ocurre un accidente laboral, el trabajador tiene derecho a ser atendido por la institución encargada de la seguridad social, en el caso de los trabajadores del sector privado, el IMSS, que es quien califica o certifica que el accidente que ha llevado al individuo al hospital sea, precisamente, un riesgo de trabajo. No obstante, es conocido que existe la evasión tanto del IMSS como de la patronal a registrar los accidentes, el primero por eludir la atención de los trabajadores y el segundo por ahorrar en el pago de cuotas y evitarse mayores responsabilidades.
Un estudio llevado a cabo en 2003, en 27 delegaciones del IMSS, reveló que no se registran el 26 por ciento de los accidentes laborales, con variaciones en las delegaciones del 0 al 68 por ciento, es decir, en algunos casos no se registran más de la mitad de los accidentes ocurridos. En el periodo 1994-2004 se identifican cifras del 26 y 78 por ciento de accidentes no registrados.
En otro artículo publicado en la Revista Médica del IMSS, Salinas y otros autores exponen que hay más accidentes laborales registrados en Francia, Dinamarca y Canadá que en México, lo que resulta sorprendente, pues las condiciones laborales en nuestro país son mucho peores.
La poca información, la deficiencia de la sistematización de la existente, la escasa atención sobre el problema y el insuficiente tratamiento en la literatura agravan aún más la obtención de cifras precisas y confiables que revelan la situación que enfrentan los trabajadores.
Según el IMSS, en 2016 hubo 543 mil 409 casos; en 2017, 533 mil 801; en 2018, 554 mil 164; en 2019, 548 mil 168; en 2020, 472 mil 486 casos y en 2021, fueron tan solo 122 mil 474 casos, lo que representa una disminución considerable en el último año.
En este aparentemente favorable escenario de disminución de accidentes de trabajo, vislumbro tres causas posibles; la primera, que los patrones hayan mejorado considerablemente las condiciones laborales, que hayan elaborado e implementado una estrategia de prevención de riesgos y respetado la jornada laboral tanto como la carga de trabajo que corresponde a un empleado. La segunda, por la baja ocupación laboral debido a la pandemia; y la tercera, que el subregistro de accidentes siga igual o, incluso, que haya aumentado.
Seguramente la disminución de accidentes registrados se debe a esta última causa, sobre todo considerando que desde la tribuna presidencial cuando se conocen cifras no agradables al régimen, se ignora la realidad y se dicen tener otros datos.
Ahora, cuando no se ha formulado ninguna estrategia seria que ataque el problema de no registrar los accidentes laborales (subregistro), ni por parte de los organismos de trabajo ni por parte de los organismos de salud, no se puede pensar o creer ingenuamente que por magia u obra divina ya no ocurren con tanta frecuencia.
Probablemente la pandemia también haya influido en su disminución, situación que señala la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero, por ejemplo, el sector productivo (agricultura, caza, ganadería y silvicultura) que es uno en de los que registraban el mayor número de accidentes, no se detuvo, además en el sector salud y el de servicios que eran los más bajos en accidentes, durante este periodo aumentaron.
Los accidentes laborales aún con pandemia y en la recuperación actual de la economía, ocurrieron y ocurren, y el hecho de que no se les registre y que incluso se normalice dicho subregistro, afecta gravemente las prestaciones de los trabajadores, la atención oportuna de su salud, su economía y su calidad de vida.
Cuando el accidente no se califica como un riesgo laboral, el asegurado pierde las prestaciones que le corresponden, no se le indemniza ni tiene derecho a la reincorporación laboral, se ve obligado a hacer uso de otras prestaciones, como la de enfermedad general, en la que destaca el pago de las incapacidades generales a 60 por ciento del salario de cotización. Una ingente injusticia, pues se está atropellando y violando flagrantemente el seguro social al que tiene derecho. Pero esto no es todo, sino que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el IMSS, teniendo conocimiento del serio problema del ocultamiento de los accidentes laborales, lo ignoran deliberadamente.
Compañero trabajador, ante tan sombrío panorama en que ni las empresas, ni los institutos de salud, ni las secretarías que se supone deberían proteger tu seguridad social lo hacen, no queda otra alternativa que te organices y luches por tus derechos laborales, es pues este, el único camino para mejorar tus condiciones laborales y de vida. Queda.
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