En nuestro país, al jurar a un cargo de elección popular o al ser designado por un ente legislativo se rinde protesta de ley, así el funcionario o representante social se compromete a cumplir lo establecido en la Carta Magna asumiendo que se ejecutarán a cabalidad cada uno de los preceptos establecidos en las leyes en favor de la ciudadanía.
A la par de esa promesa, la mayoría de las veces y principalmente por quienes asumen responsabilidades ejecutivas, se pronuncia un discurso elocuente en donde se hace alusión al estado en el que se recibe la administración, se esboza un diagnóstico sobre los problemas más importantes y se plantean las acciones a tomar para resolverlos.
Sin embargo, poco duró el gusto, a semanas de asumir las responsabilidades públicas vienen de inmediato los pretextos y excusas, una y otra vez se repite que no cuentan con dinero; “los anteriores se llevaron todo”, se culpa al pasado de los diversos problemas; “la herencia maldita”, se argumenta la inexistencia de programas o fondos para la ejecución de obras o acciones sociales, o simplemente se niega atención y se encomienda a subalternos que se empeñan en causar desánimo a los peticionarios que acaban abandonando sus solicitudes.
Tal circunstancia traiciona abiertamente el juramento de cumplir la ley y resolver los problemas de los representados; pero revela sobre todo un desconocimiento absoluto o de plano un abandono de la Constitución que juraron honrar y ejecutar durante su mandato. Lo anterior es absolutamente cierto y a efecto de demostrar que no se trata de afirmaciones temerarias o de agitación conviene traer a cuenta algunos enunciados de los artículos que dan cuenta sobre los derechos ciudadanos. Veamos.
Art. 3. Toda persona tiene derechos a la educación. El Estado- Federación, Estados, Ciudad de México y municipios, impartirá la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.
Art. 4. Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios para alcanzar tal objetivo. Toda persona tiene derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.
Art. 8. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición siempre y cuando ésta se formule por escrito de manera pacífica y respetuosa, pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
Art. 123. Toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo, conforme la ley.
La anterior enumeración es ejemplo de cómo es clara la responsabilidad gubernamental que implica a los tres niveles de gobierno a efecto de hacer posible tales derechos, conviene que mis escasos lectores noten como en cada artículo se señala la responsabilidad del Estado como garante de tal jurisprudencia, por ello conviene recordar de nuevo la necesidad de que el ciudadano entienda que es obligación de las autoridades el buscar las vías de atención a sus problemas. Por tanto, parece un contrasentido el desdén y el menosprecio a la ciudadanía que indefensa acaba abandonando su aspiración legítima a una vida mejor y acepta sin rechistar las excusas, los pretextos y a veces hasta se compadece de los “pobres gobernantes” por no poder atender su necesidad.
En virtud de lo anterior resulta urgente y necesario que reflexionamos y entendamos que en parte acontece así por la falta de determinación a pelear la materialización de la ley, que además la mayoría de las veces se puede exigir su cumplimiento sólo si estamos unidos, si juntos levantamos la voz y no admitimos excesos ni atropellos de los gobernantes, recordemos aquella máxima “el pueblo unido jamás será vencido”, frase que aplica ante la indiferencia de varios gobernantes actuales de nuestra entidad zacatecana.
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