La descripción de las atribuciones queda definida en los artículos enunciados en el Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública de los Ayuntamientos Constitucionales, se enuncia de manera personalizada, por cada una de las dependencias que integran el Ayuntamiento, las funciones y atribuciones que cada área tiene que realizar en el ejercicio de sus funciones públicas.
Esto no es más que la actividad de dación de bienes y prestación de servicios establecida por las entidades locales para satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en el ámbito de sus competencias, y desarrollada por cualquiera de las formas de gestión directa e indirecta previstas por la ley.
Aunado a lo anterior, la organización del municipio, la manera en la que habrán de ejecutarse cada uno de los procesos y procedimientos, la forma en que habrá de brindarse los servicios públicos y los perfiles de puestos idóneos para laborar en el Ayuntamiento, se encuentran definidos en cada uno de los manuales elaborados, donde se especifica que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; mercados y centrales de abasto; panteones; rastro.
También tienen la obligación de proporcionar información que las personas físicas o morales soliciten, ya sea para cumplir una obligación o, simple información en general.
Deben promover el desarrollo de la prestación de los servicios públicos del Municipio. Toda persona tiene derecho a la información que un ayuntamiento genera, obtener constancia de esta, previa solicitud y pago de los derechos que correspondan.
Todo lo anterior es lo que está establecido en el papel como ley, pero en los hechos, las condiciones que encuentran los ciudadanos de un municipio en nada se parecen a lo que se establece en las leyes y reglamentos municipales.
Las colonias carecen de servicios básicos, cuando se logra hacer efectiva la colocación de una luminaria, queda la sensación en el funcionario público de que acaba de hacer un favor y por lo tanto espera se le brinde pleitesía por el favor hecho.
Si la gente hace huso de su derecho de solicitar más y mejores servicios a la administración municipal en turno, automáticamente los funcionarios ven en ese acto una agresión a su administración. Siendo esta el cuento de nunca acabar, que sirve de pretexto para que, en cada renovación municipal, sea el tema de cada aspirante a presidente municipal: mejorar la prestación de los servicios públicos municipales, porque hasta la fecha se sigue esperando una mejora significativa para beneficio de todos los habitantes del municipio en cuestión.
El resistirse a mejorar la calidad de los servicios del municipio, hace que sobre esos asuntos se invierta toda la atención de ayuntamiento electo, dejando pendientes de atención otras prestaciones que requieren, tal vez la misma atención e importancia, pero mayor inversión de recursos económicos. Es el caso de la educación, la promoción de la cultura, el deporte y el más trascendente; abatir el déficit en la vivienda.
La mayoría de los municipios del estado se desentienden de esta responsabilidad y solo se dedican a brindar los servicios básicos. Hasta la fecha no solo no contemplan apoyos o programas para resolver el problema de la vivienda; no toman ni siquiera en cuenta propuestas que le hacen los directamente interesados para avanzar en la solución de este problema.
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