Ciudad de México. El diputado federal integrante de la Comisión de Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados, Telésforo García Carreón, señaló que ampliar el reconocimiento a los derechos humanos de los migrantes ofrece una garantía para evitar violaciones dentro del territorio mexicano.
Esto luego de que el pleno de la Cámara de Diputados aprobó diversas reformas a la Ley de Migración la cuales proponen que la política migratoria del Estado mexicano deberá ofrecer un respeto amplio a los derechos humanos por lo que la discapacidad, religión, preferencias sexuales, estado civil, o cualquier otra condición humana no será motivo de menoscabo de los derechos de los migrantes dentro del país.
El diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) exhortó a las autoridades mexicanas correspondientes a respetar y cumplir las leyes a favor de los migrantes principalmente de aquellos centroamericanos que huyen de la violencia o salen de su patria en busca de trabajo en Estados Unidos y que en su recorrido se enfrentan a múltiples violaciones a sus derechos humanos, inclusive por las propias fuerzas de seguridad del país.
Entre las modificaciones se encuentra la realizada al artículo 17 que indica que "ningún elemento de las Fuerzas Armadas, de las corporaciones policiacas o de seguridad pública federales, estatales o municipales podrá solicitar a las personas comprobar su situación migratoria, ni podrá detenerlas por tener una situación migratoria irregular en el país".
La reforma precisa que tales facultades corresponden exclusivamente a las autoridades del Instituto Nacional de Migración y que "cualquier violación a esta prohibición será sancionada conforme al Capítulo II del Título Séptimo, y del Título Octavo de esta ley.
Con esta reforma también se establece que los extranjeros no necesitarán visa cuando estén de tránsito aéreo hacia un tercer país y cuya conexión no exceda de un término de 24 horas.
Se adiciona un párrafo para señalar que "en todos los casos en que una persona extranjera arribe al país por vía aérea, para ingresar legalmente al territorio nacional o en tránsito a un tercer país, y las autoridades migratorias del Instituto resuelvan que sea devuelto a su país de origen, dicha determinación deberá hacerse por escrito, debidamente fundada y motivada".
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