MOVIMIENTO ANTORCHISTA NACIONAL

Capacitan sobre derechos humanos de las mujeres en Ixtapaluca

image

Ixtapaluca, México.- La Defensoría Municipal de los Derechos Humanos en coordinación con la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) llevó a cabo la capacitación “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAM)”, en la que participaron servidores públicos y sociedad civil. 

El defensor municipal, Miguel Ángel Espinosa Ramírez, agradeció a las y los servidores públicos el que estén pendientes de las capacitaciones que se imparten en coordinación con la CODHEM, asimismo a la sociedad civil, entre ellos, estudiantes que se dieron cita en la plática virtual.

La encomienda de la presidenta municipal, Maricela Serrano Hernández, dijo, es que las y los servidores públicos, tanto administrativos como de seguridad pública, estén capacitados en materia de derechos humanos para brindar una mejor atención a la ciudadanía y que ésta no dude en solicitar el apoyo de las autoridades cuando se vulneren sus derechos.

La capacitadora de la CODHEM, María del Carmen Hernández Reyes, detalló que la Convención es considerada como el instrumento más extenso y progresista sobre los derechos humanos de mujeres y niñas, ya que promueve el logro de la igualdad entre hombres y mujeres, asegurando el acceso igualitario en diferentes esferas. 

El documento de esta convención internacional considera derechos civiles, económicos, sociales y culturales, con el compromiso de promover los derechos humanos, prevenir que no se violenten y garantizar los derechos humanos de las mujeres. Fue adoptado en 1979 y entró en vigor en 1981.

1

La ponente detalló los artículos más relevantes que contiene el documento. El artículo 1 define la discriminación contra la mujer como una distinción, exclusión o restricción en función de su sexo y que tiene como fin menoscabar el reconocimiento o ejercicio de la mujer sobre la base de las libertades fundamentales en diferentes esferas.

El artículo 2 sobre la condena por parte de los estados miembro a esta discriminación. En los artículos siguientes, hasta el 16, también se habla de la trata de personas, la igualdad entre hombres y mujeres, la protección de la maternidad, la modificación de patrones socioculturales de conducta, la participación política de las mujeres, la educación, el trabajo, atención médica, derecho civil y económico.

Y de los artículos 17 al 19 sobre el Comité para la Eliminación de la Discriminación.

NOTICIAS RELACIONADAS

0 Comentarios:

Dejar un Comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados *

TRABAJOS ESPECIALES

Ver más