A propósito de la presentación del libro: el voto particular de 1847 de Mariano Otero, implicaciones en el estado de derecho actual, pudimos compartir el presídium con los autores de esta importante obra. Entre ellos nos acompañaron los magistrados Froylán Muñoz Alvarado y Froylán Bórges Aranda, el Lic. Hugo Christian Rosas de León, el doctor Noé Luis Ortiz, el doctor Juan Carlos Cervantes Gómez y como invitados especiales el diputado Carlos Iriarte, Rubén Moreira, y para clausurar el evento, nos honró con su presencia el diputado Augusto Gómez Villanueva, decano de la Cámara de Diputados, ex secretario de la Reforma Agraria, exembajador entre otras muchas credenciales de su historial como político mexicano.
En ese evento, en el que participaron alumnos de las carreras de derecho, pedagogía, psicopedagogía, periodismo y comunicación, de los campus Ixtapaluca y Chimalhuacán del Centro Universitario Tlacaélel, así como alumnos de la UNAM, Moradores de la Casa Nacional del Estudiante Calmécac y otras instituciones, lo mismo que jóvenes activistas sociales, me tocó presentar el capítulo correspondiente a los adelantos dialécticos que aportó el gran Mariano Otero a la filosofía política mexicana y mundial.
Precisamente, lo que tratamos de hacer en ese evento fue poner de relieve los elementos de la dialéctica que se descubren, que Marx y Engels, más tarde, lograron sistematizarla y proponer como una dialéctica materialista, en contraposición a la dialéctica idealista de Hegel.
Es así como pongo un resumen de los conceptos dialécticos que se utilizan por Mariano Otero, a la par que especificamos cómo los utilizó:
“En el proceso de la revolución de independencia, nace la primera constitución, la de 1814 conocida como constitución de Apatzingán; al cambiar las condiciones, después del aparente triunfo de la revolución de independencia de 1821, nace la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 4 de octubre de 1824; sin embargo, la lucha entre los contrarios “centralistas y federalistas”, al cambiar la correlación de fuerzas, se manifiesta en el triunfo de la Constitución Centralista de 1836 (las siete leyes Constitucionales) y se crea el “supremo poder conservador”. El desarrollo económico de Estados Unidos dio lugar al interés por expandir sus territorios. Un primer paso enérgico en esa dirección es la creación de la República de Texas en 1836 y luego la guerra contra México que nos arrebata más de la mitad de nuestro territorio en 1846 hasta 1848, año en que se firma el “la paz Guadalupe Hidalgo”. Mariano Otero “siendo Senador de la República en 1848, cuando tocó el turno de ratificar dicho acuerdo, se opuso enérgicamente a este indigno tratado que cercenaba el territorio nacional, y con fulgor patriótico, propuso no ceder a las pretensiones expansionistas del enemigo y continuar la guerra contra la poderosa potencia extranjera[1]”.
Es el 5 de abril de 1847, en el marco de la guerra con Estados Unidos, día en que Mariano Otero Mestas, propone su Voto Particular.
La intención de esta exposición es poner de relieve el carácter dialéctico adelantado de Mariano Otero en los planteamientos de su Voto Particular. Veamos algunos ejemplos del genio jalisciense.
Unidad y lucha de contrarios. La lucha de clases: la posición de Otero representa el pensamiento de avanzada que se adelanta a su tiempo: “nuestra división, a la que dieron motivo algunos incidentes extraños al objeto de mi dictamen, vino a ser inevitable”.
Análisis concreto de la realidad concreta basada en el análisis histórico: “que la situación actual de la República demanda con urgencia el establecimiento definitivo del orden constitucional es una verdad que se palpa con solo contemplar esa misma situación”.
Al principio del movimiento, nada permanece, todo cambia: “Nada hay sólido y organizado. Todo lo que tenemos es de ayer: fue obra de un movimiento, que por nacional que haya sido no pudo dar a las cosas la seguridad que producen el tiempo y el arreglo”.
La cosa en sí y la cosa para sí, es decir, la toma de conciencia: tenemos hoy al poder público abrumado con las dificultades de una guerra indispensable y con las de una organización en que todo es transitorio, en que ningún poder tiene la conciencia de su estabilidad, en que se notan tendencias de desunión muy alarmantes…”.
Unidad y lucha de contrarios: “después, la guerra, hace entrar de luego a luego con toda prontitud a la Nación en el sendero tranquilo de un orden constitucional, que, no estando amenazado de un cambio, diera a todos los intereses sociales (todas las clases de la sociedad, las más diversas, aclaración mía), orden, quietud y seguridad”, a pesar de sus diferencias.
Relación entre los medios y los fines: “la revolución de agosto y la opinión pública nos han precedido en el señalamiento de los medios más adecuados para conseguir ese fin”.
Superación de lo viejo por lo nuevo; cambios cuantitativos a cualitativos. En su lucha por el orden constitucional adecuado, considera que, superior a la Constitución de 1836 es la de 1824, pero no como estaba, sino con las adecuaciones que se enumeran y describen en el voto particular, es decir, se trata de la superación dialéctica de lo antiguo por lo nuevo que revoluciona al pasado. “La Constitución de 1815 ha durado 30 años, solo porque ella vino a aparecer como la transacción entre el antiguo y el nuevo estado”.
Relación dialéctica entre el individuo y la sociedad, entre el gobierno y el ciudadano. Son entes distintos, pero dialécticamente ligados. Los derechos de los individuos forman la unidad social y “la acción del ciudadano sobre el gobierno y la del gobierno sobre el ciudadano, en todo lo relativo a la Unión, se ejerce directamente sin ninguna intervención del poder de los Estados”.
Relación entre lo primario y lo secundario: “las leyes secundarias no deben tener el poder de destruir a las primarias”, de hacerlo implica anarquismo.
La unidad en el marco de la diversidad: “la Constitución actual debe establecer las garantías individuales, y sobre bases de tal manera estables, que ninguno de los hombres que habiten en cualquier parte del territorio de la república, tenga que extrañar sobre este punto las mejores leyes de la tierra”.
También se aplica el principio de la unidad y lucha de contrarios con la existencia de las dos cámaras, pues una democracia irreflexiva, puede llevar a cometer las más graves atrocidades, para ello deben existir los pesos y contra pesos.
La relación entre el todo y las partes: la federación es la nación y los estados las partes.
Lucha entre desiguales, que se hace igual: el amparo. Este gran mecanismo permite a los individuos débiles defenderse de los agravios de los poderosos. Para ello, es necesaria la presencia de un poder judicial autónomo y fuerte que haga valer los derechos constitucionales de los individuos.
Como se ve, sin desarrollar un método de razonamiento dialéctico detallado, lo que hace Otero es adelantarse a los grandes pensadores como Hegel y Marx, y nos dio el legado de la ley de leyes y del juicio de Amparo, la división de poderes que, hoy por hoy, son vigentes. En ese tenor es necesario defender los principios de Mariano Otero, para evitar que se violente la Constitución y, con ella, los derechos humanos y el orden social federalista en contra del centralismo, que, como vimos, históricamente ha representado una posición de atraso social”.
[1] http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/ce/lxiv/OTEROobras.pdf pg 38.
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